Los trabajadores que hicieron el servicio militar pueden beneficiarse al acceso a una jubilación anticipada.
Los requisitos para jubilarse con 65, 64 o 63 años en 2022
El pasado año se cumplieron veinte años que el servicio militar obligatorio, conocido popularmente como 'mili' fue suprimido en España. Dejó de ser obligatorio en 2001 después de que fuera un deber para muchos españoles durante décadas.
Hoy en día puede ser de utilidad para aquellos que cumplieron en su día con este servicio y hoy en día quieran acceder a una jubilación anticipada.
La mili no permite sumar tiempo de cotización si aspiras a una pensión contributiva por una jubilación ordinaria pero si posibilita completar el cómputo para acogerse a la pensión anticipada, tanto voluntaria como involuntaria. Y para poder beneficiarse de esta condición es necesario acreditar el servicio militar obligatorio.
El beneficio de la mili para obtener la jubilación anticipada
La Seguridad Social explica que «los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria, y con el límite máximo de un año».
Como regla general, para conseguir la prejubilación voluntaria a los 63 (dos años antes de los 65) es necesario que el trabajador haya cotizado 37 años y seis meses o más. En el caso de que haya cotizado menos, podrá solicitar el retiro cuando haya cumplido 64 años y dos meses, que son dos años menos que la actual edad normativa para la jubilación (66 años y dos meses para 2022).
No obstante, es obligatorio haber cotizado como mínimo 35 años, de los cuales dos años de cotización deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al cese de la actividad laboral. Y dentro de los 35 años cotizados, se tendrá en cuenta el periodo del servicio militar con el límite máximo de un año como ya hemos mencionado anteriormente.
El tiempo prestado al servicio militar debe ser documentado. Se puede dar el caso de personas que estuvieran solo nueve meses y otras que estuvieron más tiempo realizando la mili. El interesado deberá personarse en las oficinas de defensa para solicitar la documentación necesaria para certificar ante la Seguridad Social que cumplió con este servicio para que se pueda computar en la vida laboral.
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