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Salario Mínimo Interprofesional

Foto del escritor: gestionresueltagestionresuelta

La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ya es un hecho después de que fuese aprobada por el Consejo de los Ministros y se haya publicado el Real Decreto 152/2022 en el Boletín Oficial del Estado. Este incremento podría afectar a más de 1,5 millones de personas, aunque existen ciertos sectores que se pueden ver más afectados, por sus características.



El aumento del SMI es de 35 euros para dejarlo en 1.000 euros mensuales en 14 pagas o de 1.166,67 euros mensuales para aquellas personas que tengan las pagas extraordinarias prorrateadas. Estas cantidades dejan el salario mínimo por jornada para cada actividad será de 33,33 euros diarios, lo que supone un incremento del 3,63% euros.


Este salario mínimo, solo se refiere a las aportaciones monetarias que se realizan al trabajador. Quedan fuera de estas cantidades todas las retribuciones en especie, sin que pueden reducir la cuantía de ese salario a percibir en dinero.


Además, el incremento del salario mínimo, pese a aprobarse a finales de febrero, tendrá efectos retroactivos a partir del 1 de enero. Así, a todos los trabajadores que vean aumentados sus sueldos por esta subida del SMI se les tendrá que abonar las cantidades atrasadas.



El salario mínimo de trabajadores eventuales y temporeros

Todos estos trabajadores, siempre que no excedan de 120 días de actividad al año en una misma empresa, percibirán una cantidad mínima de 47,36 euros por jornada legal de actividad.


El salario mínimo de empleados y empleadas de hogar


En este caso, y debido a que su actividad contempla remuneraciones por hora, se ha calculado un salario mínimo de 7,82 euros por hora efectivamente trabajada.

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