La Seguridad Social explica cómo obtener la ayuda de 100 euros sin percibir el IMV.
Los profesionales de la Seguridad Social informan en que casos se puede percibir el complemento a la infancia durante el año 2022.
En este año 2022 ha entrado en vigor el conocido como complemento a la infancia, que está dirigido principalmente a las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Si bien, algunas personas también pueden recibir el mencionado complemento, aunque no sean beneficiarias del IMV, tal y cómo informan desde la Seguridad Social.
En concreto, desde la Seguridad Social indican que para recibir este complemento a la infancia, la unidad de convivencia no debe superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite del patrimonio establecido para el IMV.
Igualmente, los profesionales de la Seguridad Social detallan que «no debe superar 6 veces la renta garantizada de un adulto, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia según lo establecido en el Anexo III de la Ley 19/2021 (Test de activos)».
Beneficiarios del complemento a la infancia
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital podrán percibir este complemento a la infancia, siempre que cumplan los requisitos adecuados para ello. Si bien, determinadas personas en situación de vulnerabilidad económica también pueden acceder a este nuevo complemento.
Concretamente, también podrán recibir este complemento económico las personas que reúnan los requisitos oportunos referidos a lo establecido como límites máximo sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos, sin necesidad de ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV.
Así, desde la Seguridad Social argumentan que tendrán derecho a este complemento a la infancia las familias formadas por dos adultos y un niño con ingresos de hasta 27.000 euros; además de familias con dos niños y dos adultos con ingresos totales de hasta 32.100 euros.
Hablamos de un complemento económico que se reconoce por la presencia de cada menor y que tiene carácter mensual. De esta forma, la cuantía de dicho complemento depende de la edad del menor:
Hasta 100 euros mensuales por cada hijo menor a cargo con edades menor a tres años.
70 euros por cada hijo entre tres y seis años.
Hasta 50 euros mensuales por cada hijo menor a cargo.
Concesión del complemento a la infancia
Otro aspecto clave es que no será necesario solicitar este complemento a la infancia en 2022, puesto que el Instituto Nacional de la Seguridad Social lo concederá de oficio a las personas que cumplan los requisitos correspondientes.
En este caso, la Seguridad Social concederá el complemento a la infancia a personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital y a personas que han solicitado esta prestación y se encuentran en pleno trámite.
Finalmente, desde la Seguridad Social informan que también concederá de oficio este complemento a «los beneficiarios de la prestación de protección familiar y cumples los requisitos (asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 si tu unidad de convivencia no ha cambiado)».
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